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09 MAY, 2019

Se establecen la forma, el plazo y dems condiciones para el ingreso del impuesto cedular sobre la renta financiera y por la venta de inmuebles

Mediante la RG (AFIP) 4468, se establecen la forma, el plazo y dems condiciones que deben observar las personas humanas para el ingreso del impuesto cedular sobre la renta financiera y por la venta de inmuebles. Los principales aspectos a tener en cuenta: son

  • Los sujetos alcanzados por el impuesto deben presentar la declaracin jurada cuando la misma arroje impuesto determinado;
  • Cuando se trate del ingreso del impuesto cedular por la renta financiera, los contribuyentes sern dados de alta de oficio por la AFIP en dicho impuesto;
  • La declaracin jurada deber realizarse a travs de la Web de la AFIP, utilizando el servicio informtico Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado, ingresando a la opcin que corresponda segn el tipo de renta a declarar;
  • Las fechas de vencimiento para la presentacin y pago del impuesto son las siguientes: CUIT 0 ,1 , 2, 3 el 19/06/2019; CUIT 4, 5, 6 el 21/06/2019; CUIT 7, 8 y 9 el 24/06/2019
  • Se establece el cdigo de impuesto 1025 para el impuesto cedular sobre la renta financiera y el cdigo de impuesto 1026 para el impuesto cedular para enajenacin de inmuebles. En ambos casos, el concepto y subconcepto para confeccionar el VEP ser 019; 
  • Se aclara que el impuesto cedular podr ser compensado con saldos de libre disponibilidad provenientes de otros impuestos. 

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