04 NOV, 2019
Régimen de retención del IVA y Ganancias para operaciones de transferencias electrónicas de fondos por cobranzas a comerciantes de servicios con billeteras electrónicas
Mediante la RG (AFIP) 4622, se establece un régimen de retención del IVA y de ganancias aplicable a las liquidaciones que los sujetos que administren servicios electrónicos de pago y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros efectúan a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios, y no se trate de entidades administradoras de sistemas de pago con tarjetas de crédito, de compra y/o de pago.
No sufrirán retenciones las empresas categorizadas como “micro empresas”�, mientras que aquellas categorizadas como “potenciales micro empresas”� deberán realizar un trámite electrónico para quedar también excluidas.
Las presentes disposiciones resultan de aplicación para los pagos de las liquidaciones que se realicen a partir del 19/11/2019.
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