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02 ABR, 2020

Creacin del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Produccin

Mediante el decreto 332/2020 (B.O. 01/04/2020), se crea el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Produccin para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria.

Caractersticas del programa:

  • Asignacin Compensatoria al Salario: abonada por el Estado para todos los trabajadores trabajadoras en relacin de dependencia del sector privado, comprendidos en el rgimen de negociacin colectiva, para empresas de hasta 100 trabajadores. 
  • REPRO Asistencia por la Emergencia Sanitaria: consiste en una suma no contributiva respecto al SIPA abonada por el Estado para los trabajadores en relacin de dependencia del sector privado, comprendidos en el rgimen de negociacin colectiva, en empleadores que superen los 100 trabajadores. 
  • Postergacin de los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino. 
  • Reduccin de hasta el 95 % de las contribuciones patronales al SIPA devengadas durante el mes de abril de 2020, para empleadores cuyo nmero total de trabajadores, al 29 de febrero de 2020, no supere la cantidad de 60. Aquellos, cuya plantilla de personal en relacin de dependencia supere dicha cantidad, debern, a los efectos de gozar de beneficio, promover el Procedimiento Preventivo de Crisis de Empresas. 
  • Prestaciones por desempleo: los trabajadores accedern a una prestacin econmica por desempleo. 

Beneficiarios:

Se encuentran alcanzados los sujetos que cumplan uno o varios de los siguientes criterios:

  • Actividades econmicas afectadas en forma crtica en las zonas geogrficas donde se desarrollan.
  • Cantidad relevante de trabajadores contagiados por el COVID 19 o en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas con la pandemia. 
  • Sustancial reduccin en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020. 

Exclusiones :

Se encuentran expresamente excluidos de los beneficios aquellos sujetos que realizan las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria y cuyo personal fue exceptuado del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Destacamos que la norma debe ser reglamentada para establecer criterios objetivos, sectores de actividad y dems elementos que permitan determinar las asistencias previstas.

ETIQUETAS GeneralLaboral

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